La fiscal de Instrucción N°2 de la Tercera Circunscripción Judicial, Débora Roy Gitto, formalizó este viernes la acusación contra Luis Ramírez, imputado por el homicidio de su pareja, Soledad Zalazar de 22 años de edad.

El hecho que se investiga, ocurrió el pasado 15 de enero en la casa de la madre del acusado, ubicada en el barrio Jardín de la localidad de Concarán, donde la pareja residía desde hacía un mes junto a su hija de 2 años.

En su relato de hechos, la Fiscal detalló que, ese día, Soledad tenía planes de ir a una fiesta con una compañera de trabajo al finalizar la jornada laboral, según consignó el Periódico Judicial.

Ello motivó que, al llegar de trabajar, mantuviera una fuerte discusión con su pareja, quien la atacó con un cuchillo de cocina provocándole una herida en el cuello y otra en la zona lumbar.

Tras el ataque, Ramírez se entregó en la Comisaría de Concarán, confesando que había matado a su novia; mientras que la joven fue trasladada al Hospital Madre Catalina de la Villa de Merlo donde se constató su deceso.

De acuerdo al informe forense, Zalazar, de 22 años, falleció de un shock hipovolémico a causa de una hemorragia profusa aguda. Presentaba una herida contusocortante en el cuello, de unos 12 centímetros de longitud, con afectación de vasos arteriales y venosos; y una herida profunda en la zona lumbar, que afectó gravemente su riñón derecho.

Para la fiscal, el imputado atentó contra la vida de su pareja y madre de su hija, mediando violencia de género. Y aclaró que, pese a no haber denuncias previas de la víctima; el maltrato físico y psíquico ejercido hacia ella por parte de su agresor, quedó evidenciado en las numerosas entrevistas realizadas al entorno cercano de la joven.

Es así que, en la audiencia de control de acusación celebrada este 5 de mayo en el Juzgado de Garantía N°1; la representante del ministerio Público Fiscal, acompañada por la Fiscal Adjunta, Lorena Ohanian; instó el requerimiento de apertura a juicio y solicitó que, al momento de dictar sentencia, se condene al acusado a la pena de Prisión Perpetua Efectiva, por considerarlo autor material del delito de femicidio doblemente calificado por la relación de pareja y por mediar violencia de género.

Como circunstancias atenuantes, señaló la ausencia de antecedentes penales y, como agravantes, las circunstancias de tiempo, modo y lugar; el aprovechamiento de la relación de pareja que facilitó la ejecución del hecho; y el contexto de violencia de género, haciendo referencia al inciso 11 del artículo 80 del Código Penal Argentino, que incorpora al femicidio como una figura agravada del homicidio, cuando éste es perpetrado por un hombre hacia una mujer mediando violencia de género.

Finalmente, solicitó prorrogar la prisión preventiva impuesta a Ramírez. por el término de 120 días, hasta tanto se defina la fecha para el debate oral.

En consonancia, Sánchez, abogada querellante que representa a la familia de la víctima, adhirió en un todo al pedido de la Fiscalía.

Por su parte, el Defensor Oficial en lo Penal, José Luis Guiñazú, se opuso a la prórroga de prisión preventiva, solicitando para su defendido el beneficio de la prisión domiciliaria. A su vez, manifestó su oposición respecto del agravante por violencia de género, como así también, de la pena solicitada; y ofreció nuevas pruebas para producir en el debate oral.

Luego de escuchar a las partes, la jueza de Garantía, Patricia Besso, rechazó el pedido de la defensa; ordenando la elevación de la causa a juicio y la prórroga de la prisión preventiva por 120 días, plazo en el que Ramírez permanecerá alojado en el Servicio Penitenciario Provincial hasta la realización del juicio.