La Cámara Penal de la Tercera Circunscripción Judicial condenó a D.E.M. a la pena de tres años de prisión en suspenso por encontrarlo culpable del delito de abuso sexual simple agravado por el aprovechamiento de la convivencia preexistente. Además, deberá iniciar un tratamiento psicológico.
El veredicto se emitió este miércoles luego de que el tribunal homologara un acuerdo de juicio abreviado presentado por la Fiscalía, con consentimiento del imputado y su defensa pública. El hombre llegó a debate oral acusado de haber besado en la boca a la hija de 12 años de su ex pareja.
El hecho investigado ocurrió el 8 de marzo de 2022 y fue denunciado por la madre de la víctima. Ese día, la mujer ingresó a su casa y encontró a quien era su pareja, besando en los labios a su hija. “Mi defendido se alejó de la vivienda a partir de ese momento y nunca más volvió a tener contacto con la menor ni con su familia”, dijo el Defensor Oficial en lo Penal N° 1, José Luis Guiñazú.
La Defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces, Gabriela L´Huiller no presentó objeciones a la abreviación de la causa.
En la audiencia de este miércoles, el acusado reconoció el hecho atribuido, su participación como autor y aceptó la calificación legal otorgada por el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal de Juicio, Mario Zudaire. También dijo estar arrepentido.
El juicio abreviado es una de las formas alternativas de culminar un proceso penal basado en la mayor celeridad que aporta el acuerdo conjunto entre la Fiscalía y el imputado, debidamente asistido por su abogado defensor.
“Sepa señor M. que usted fue condenado, lo que se deja en suspenso es la ejecución de la pena. Sin embargo, si usted no cumple con la regla de conducta impuesta o vuelve a delinquir en el plazo de estos tres años, la pena podrá cambiar a cumplimiento efectivo”, dijo la camarista María Ucello, integrante del tribunal junto a Sandra Piguillem y Daniel Sanchiño.
Fuente: Poder Judicial